politica.elpais.com
El juzgado de instrucción número 43 de Madrid, cuya titular es Coro Cillán, lleva
dos años investigando el caso, que el auto considera "cosa juzgada"
archivar por ser “cosa juzgada” la investigación que
desarrolla
el Juzgado de Instrucción número 43 de Madrid, cuya titular es Coro
Cillán, para averiguar si el jefe policial de los Tedax, Jesús Sánchez
Manzano,
ocultó o falseó pruebas de los atentados 11-M (que
costaron la vida a 191
personas). La juez Cillán tenía imputados a una
perito de los Tedax y al
comisario Sánchez Manzano. La imputación
era fruto de una querella interpuesta
por la Asociación
Ayuda a Víctimas
del 11-M.
Sánchez
Manzano se ha convertido en los últimos años blanco de los
defensores de la
teoría de la conspiración de los atentados de Madrid,
y lo han llegado a
acusar, especialmente desde los medios ultraconservadores,
de haber coadyuvado
a la perpetración de los ataques y de haber
impedido el esclarecimiento del
atentado.
Esta
organización pretendía colateralmente ante el Juzgado de Cillán la
reapertura
de las investigaciones de los atentados de los trenes de Madrid,
alegando que
se ocultaron intencionadamente pruebas. La denuncia de la
asociación, cuyos
términos son recogidos en el auto de archivo, reproduce
punto por punto lo que
se ha venido en llamar la teoría de la conspiración
del 11-M, que sostiene la
existencia de una confabulación de policías, políticos
y terroristas para la
ejecución del atentado. En este asunto, la Fiscalía de
Madrid había pedido distintas
pruebas. La fundamental, que está incumplida
y por eso el fiscal se opuso al
archivo, era que la juez pidiese a la Audiencia Nacional
toda la causa del 11-M y valorase si lo que ella tramitaba era o no cosa
juzgada.
El
archivo impedirá a Cillán continuar con la instrucción de un caso que acogió
hace dos años. Desde entonces ha interrogado a más de 50 miembros de los
Tedax,
a una decena de funcionarios de Renfe, a ocho funcionarios de la policía
científica y a todos los peritos, independientes y de parte, que desfilaron por
el juicio
del 11-M. Además, sobre su mesa tenía ahora una petición del
sindicato ultraderechista
Manos Limpias para interrogar, entre otros, a los
exgenerales Andrés Casinello y
Enrique Rodríguez Galindo. María Ponte, abogada
del comisario Sánchez Manzano,
acudirá el lunes al juzgado 43 para pedir a
Cillán que se abstenga de realizar
nuevas diligencias.
querella que planteó la citada asociación contra el comisario y la
perito de
los Tedax “es cosa juzgada material”, e implícitamente reprocha a la
juez
Cillán que haya tardado dos años en resolver las reiteradas peticiones de
archivo de la causa solicitadas por la letrada. Ponte expuso ante la Sección
17 de la Audiencia que el asunto
es materia juzgada porque ya había
sido planteado anteriormente, sin éxito,
ante la Audiencia Nacional
y
posteriormente, en términos muy similares, ante el Juzgado de Instrucción 6
de Madrid, cuyo titular, Ramiro de Dios, lo había archivado. El tribunal
entiende
que hechos prácticamente idénticos a los planteados por la Asociación de
Ayuda a
las Víctimas del 11-M ya fueron planteados por el partido político
Alternativa
ante el juzgado 6 de Madrid, que los archivó, por lo que no pueden
reproducirse
nuevamente ante el 43. Añade la
Audiencia que Cillán debió
inhibirse en favor del juzgado 6.
Los querellantes anuncian un recurso
ante el Tribunal Supremo
“El
juzgado 43 reproduce todo lo que hizo el [Juzgado] de Instrucción 6 de
Madrid,
por lo que procede archivar también este porque de otra forma los
aquí
imputados podrían verse abocados a procedimientos sin fin”, argumenta.
Dado que
a lo largo de estos dos años de instrucción en el juzgado 43 se han
sumado
otras ocho acusaciones al proceso, la Audiencia deja abierta la
posibilidad de que
estas nuevas partes puedan recurrir el sobreseimiento
decretado por el juez De
Dios. Aunque también abre la opción de que su
resolución, hecha pública este
mediodía, se recurra en casación ante el
Tribunal Supremo.
El
Juzgado Central de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional ,
instructor
del 11-M, también archivó, tras el juicio por esos atentados, otra
denuncia
en relación con los explosivos: “Por mucha que sea la insatisfacción o
impotencia que el resultado de las pruebas periciales genere en las partes
procesales, no es posible volver a discutir sobre su necesidad (...) Ni se
puede practicar siempre la misma prueba hasta llegar al resultado
que satisfaga
los intereses de las partes”.
y desolación" por
el archivo de la causa abierta en el Juzgado de Instrucción
número 43 de Madrid
contra el ex comisario jefe de los Tedax Juan Jesús
Sánchez Manzano y una
perito de su unidad por posibles irregularidades
en la recogida y custodia de
muestras de los atentados.
La asociación, que siempre ha exigido esclarecer,
dice, "toda la verdad"
sobre los atentados, ha explicado que respeta
pero no comparte la decisión
porque rechaza el argumento del Juzgado de
considerar los hechos como
"cosa juzgada" porque la Audiencia Nacional
ya archivó en junio de 2009
una querella igual presentada por Alternativa
Española.
La denuncia se basó en un libro que
divulgó contradicciones con los hechos
probados
hechos de las denuncias formuladas contra el comisario Jesús Sánchez
Manzano ante el Juzgado de Instrucción 6 de Madrid y la interpuesta después
ante el 43, el de Coro Cillán, son “absolutamente coincidentes”.
La
denuncia, también archivada, ante el Juzgado 6 la interpuso el partido
político
Alternativa Española e igualmente estaba dirigida contra Sánchez
Manzano y la
perito química Tedax 17.682. Dicha denuncia, según la Sección
17, “basaba los
hechos en lo descubierto en la investigación realizada por
el perito D. Antonio
Iglesias, investigación que publicó y prologó [el periodista]
Casimiro García
Abadillo en el libro Titadyn”. En ella se indica que “las
conclusiones del
perito Sr. Iglesias son contradictorias con los hechos declarados
probados en
la sentencia” sobre el 11M que dictó la Audiencia Nacional.
Para
decretar el archivo y concluir que en ellos se denuncia lo mismo,
el tribunal
ha analizado los escritos de ambos procedimientos: “Puede que la
narración de
los hechos, realizada por diferente persona, no sea, como no
puede ser otra
manera, idéntica en la primitiva denuncia y en la actual querella
[del Juzgado
43], pero en ambos escritos y procedimientos se narra
de manera absolutamente
coincidente la [supuesta] ocultación que tanto el
Señor Sánchez Manzano como la
perito realizaron de las pruebas obtenidas
en los doce focos de la
explosiones”. Según el tribunal, los hechos coincidentes
expuestos en ambos
juzgados son los siguientes: “No envío de los hallazgos al
laboratorio de
Policía Científica, equivocando con sus resultados a los
investigadores,
dejando sin investigar líneas de investigación, ocultando el resto
de vestigios
que no analizaron y no guardando las aguas y amoniacos de las
muestras que
fueron lavadas. Evitando así”, señala el tribunal, “ulteriores
contrapruebas,
y, por último, faltando a la verdad en el acto del juicio oral
respecto a cuál
era el protocolo de actuación sobre los resultados de
los análisis realizados”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
No olvide firmar para exigir que se investiguen los atentados del 11-M