El acuerdo decide también
remitir a la Fiscalía
del Tribunal Superior de Justicia de Madrid una copia del informe del Servicio
de Inspección y del acta de la visita que realizó al Juzgado a raíz de las
denuncias recibidas. Así lo podrá incorporar a las diligencias que ya tiene
abiertas sobre la actuación de la magistrada, que ha adquirido relevancia
pública en los últimos meses al investigar las querellas presentadas contra el
que era responsable de los Tédax cuando se produjeron los atentados del 11-M, Juan
Jesús Sánchez Manzano.
Entre las diligencias que
ha acordado figura solicitar a la Audiencia Nacional una copia de la resolución por
la que el instructor de los atentados, Juan del Olmo, ordenó destruir los
trenes, lo que se ha interpretado como una posibilidad para reabrir el sumario
del 11-M por los partidarios de las teorías de la conspiración. Y ello, pese a
que hasta el Tribunal Supremo avaló la instrucción realizada por la Audiencia en su
sentencia.
Informe muy crítico
Pero el expediente que se
ha abierto a la jueza Cillán ha llegado en otras diligencias: las que abrió el
21 de septiembre, cuando se encontraba de guardia, por una denuncia presentada
en nombre de la mercantil Moma 56 contra quien ejercía de hecho la administración
de la entidad.
El Servicio de Inspección
del Consejo es muy crítico con la actuación de la magistrada en esta causa y
considera que podría haber cometido cuatro faltas muy graves o, en su defecto,
en su modalidad grave.
Una es por
"inobservancia del deber de abstención a sabiendas de que concurre alguna
de las causas legalmente previstas". Inspección la basa en que quiso
mantener el conocimiento de la causa, pese a saber que otro juzgado tenía
conocimiento previo de los mismos hechos, y por tener una relación de
"amistad especial o íntima" con el administrador judicial nombrado al
frente de la mercantil y con el perito judicial o el letrado de la parte
denunciante.
Además, tuvo un
"celo excesivo en el control, trámite y custodia del asunto", lo que
llevó a la secretaria a presentar una denuncia, porque le impedía realizar su
función de custodia de los autos y supervisar los plazos de los recursos.
Para Inspección, no
"ha existido un efectivo control respecto de las medidas acordadas"
por la magistrada, "siendo materialmente la causa una sucesión de escritos
[...] que reflejan el escaso rigor en la instrucción del asunto". Y ello
es constitutivo de otra falta muy grave de "desatención o retraso
injustificado y reiterado en la iniciación, tramitación o resolución de
procesos y causas en el ejercicio de cualquiera de las competencias
judiciales".
Del examen de las
diligencias se deduce, según el Consejo, que la jueza trató de situar al margen
del procedimiento al fiscal y obstaculizó el trabajo de la secretaria, lo que
también podría suponer una falta muy grave de "ignorancia inexcusable en
el cumplimiento de los deberes judiciales" o de una grave de "exceso
o abuso de autoridad o falta grave de consideración respecto de los ciudadanos,
instituciones, secretarios, médicos forenses o del resto del personal al
servicio de la
Administración de Justicia".
El informe de Inspección,
que lo único que no considera acreditado son los insultos que dijo haber
recibido un letrado, añade que algunos testigos han asegurado que el
comportamiento de la jueza "pudiera estar en ocasiones influido por la
posible ingestión de bebidas alcohólicas".
Las faltas muy graves se
castigan con suspensión, traslado forzoso o separación de la carrera judicial.
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